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Hoy jueves 25 de julio de 2017 ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10. (Ver disposición)
La publicación de un nuevo Reglamento APQ viene justificado por la necesidad de adaptar las instrucciones técnicas a la evolución técnica y a la experiencia adquirida en todos estos años en materia de almacenamiento de productos químicos. Por otra parte, era necesario adaptar el almacenamiento a dos Reglamentos:
REGLAMENTO (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión.
Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006.
Este nuevo Reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias (ITCs) son de aplicación a las instalaciones de nueva construcción, a las ampliaciones o modificaciones de las instalaciones existentes, no integradas en las unidades de proceso y no serán aplicables a los productos y actividades para los que existan reglamentaciones de seguridad industrial específicas. Tampoco aplicará este Reglamento a los almacenamientos de productos con reglamentaciones específicas si en ellas se recogen las condiciones de seguridad de los almacenamientos.
Entre los cambios que aporta este nuevo Reglamento cabe destacar la incorporación de dos nuevas ITC, la MIE APQ 0 recoge las definiciones que aparecen en todas las ITCs y la ITC MIE APQ 10 recoge todas las obligaciones relativas a recipientes móviles; así, las instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-6 y MIE APQ-7, solo establecen disposiciones relativas a recipientes fijos pasando todo lo relacionado con recipientes móviles a ser regulado por esta nueva ITC MIE APQ10.
La estructura de las ITCs recogidas en este nuevo Reglamento APQ quedan definidas del siguiente modo:
Finalmente, la ITC MIE APQ5 que actualmente regula el almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presión, se amplía a todos los recipientes a presión transportables.
Este nuevo Reglamento entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE; es decir, el 25 de octubre de 2017. A su entrada en vigor quedarán derogadas las disposiciones siguientes:
Los almacenamientos de productos químicos, existentes a la entrada en vigor de este real decreto serán revisados e inspeccionados de acuerdo con las exigencias técnicas de la ITC según la cual fueron realizados. La periodicidad y los criterios para realizar las revisiones e inspecciones serán los indicados en las ITCs aprobadas por este real decreto.
El plazo para realizar la primera revisión e inspección se contará a partir de la última inspección periódica realizada, de acuerdo con las anteriores ITCs, o en su defecto desde la fecha de autorización o comunicación de la puesta en servicio del almacenamiento.
Aquellas instalaciones de almacenamiento de productos químicos que se encuentren en proceso de ejecución a la entrada en vigor de este nuevo Reglamento, dispondrán de un plazo máximo de dos años para poner la instalación en servicio y poder regirse por las anteriores disposiciones. En cualquier caso, esta circunstancia deberán acreditarla con la posesión de una solicitud de licencia de obras, la licencia de obras o el proyecto de ejecución visado que cuente con fecha anterior a la de entrada en vigor del nuevo Reglamento.
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